Los derechos humanos son un conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. Estos derechos, establecidos en la Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el estado.
Los antecedentes más lejanos de la CNDH se encuentran en el siglo XIX, con la promulgación de la Ley de la Procuraduría de Pobres.
En 1975 se creó la Procuraduría Federal del Consumidor, teniendo como finalidad la defensa de los derechos de los individuos, pero necesariamente frente al poder público.
Por su parte, el 29 de mayo de 1985 la Universidad Nacional Autónoma de México estableció la Defensoría de los Derechos Humanos Universitarios.
Respecto a los antecedentes directos de la CNDH, el 13 de febrero de 1989, dentro de la Secretaría de Gobernación, se creó la Dirección General de Derechos Humanos. Un año más tarde, el 6 de junio de 1990, nació por decreto presidencial una institución denominada Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Fiablemente, por medio de una reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de septiembre de 1999 dicho organismo nacional se constituyo como una Institución con plena autonomía de gestión presupuestaria, modificándose la denominación de Comisión Nacional de Derechos Humanos por la de Comisión Nacional de los Derechos Humanos
La defensa o la protección de los derechos humanos tiene las funciones de:
- · Contribuir al desarrollo integral de la persona
- · Delimitar, para las personas, una esfera de autonomía
- · Establecer límites a los servidores públicos, con el fin de prevenir los abusos de poder, negligencia o simple desconocimiento de la función.
Los derechos humanos han sido clasificados de diversas maneras: de acuerdo con su naturaleza, origen, contenido y por la materia que refiere. Las denominadas Tres Generaciones son de aracter histórico y se consideran cronológicamente su aparición o reconocimiento por parte del orden jurídico normativo de cada país.
Primera generación:
Derechos civiles y políticos, también denominados “libertades clásicas”.
· Derecho a libertades fundamentales sin distinción de raza, color, idioma, posición social o económica.
· Hombres y mujeres poseen iguales derechos.
· Derecho a la nacionalidad.
· Derecho a la libertad de opinión y de expresión de ideas.
· Derecho a Casarse y decidir el número de hijos.
Segunda generación:
- Derechos económicos, sociales y culturales
- · Derecho a la educación es sus diferentes modalidades
- · Educación secundaria y primaria obligatorias
- · Derecho a la salud física y mental
- · Derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.
Tercera generación:
- Grupo promovido para incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de todos los pueblos:
- · La autodeterminación
- · La paz
- · La coexistencia pacifica
- · El medio ambiente
- · La justica internacional o regional
- · El desarrollo que permita una vida digna
Grupos vulnerables:
Grupos o comunidades que, por circunstancias de pobreza, origen étnico, estado de salud, edad, género o discapacidad, se encuentran en una situación de mayor indefensión para hacer frente a los problemas que plantea la vida y no cuentan con los recursos necesarios para satisfacer sus necesidades básicas.
- Factores que influyen en la vulnerabilidad:
- · Falta de igualdad de oportunidades
- · Incapacidad para satisfacer sus necesidades básicas
- · Desnutrición
- · Enfermedades
- · Incapacidad de acceder a los servicios públicos
- · Marginación