martes, 30 de noviembre de 2010

Justicia Social

La Justicia Social comprende el conjunto de decisiones, normas y principios considerados razonables de acuerdo con el tipo de organización de la sociedad en general o, en su caso, de acuerdo con un colectivo social determinado. Por ello, comprende el tipo de objetivos colectivos que deben ser perseguidos, defendidos y sostenidos y el tipo de relaciones sociales consideradas admisibles o deseables, de tal manera que describan un estándar de justicia legitimo.

Justicia Social es un termino utilizado para referirse a las condiciones necesarias para que se desarrolle una sociedad relativamente igualitaria en términos económicos, culturales, sociales y democráticos que permitan al ser humano vivir en condiciones apropiadas

Justicia Social comprende el conjunto de decisiones, normas y principios considerados razonables para garantizar condiciones de trabajo y de vida decentes para toda la población.

Historia
Históricamente, el concepto de justicia social aparece como una respuesta directa a lo que en el siglo XIX se llamó la "cuestión social" , es decir, el creciente malestar y reclamo de los trabajadores.
El termino de justicia social o el termino justicia social fue utilizado por primera vez por el cura siciliano Luigui Taparelli en Inglaterra a finales del siglo XIX, entre los socialistas fabianos ingleses, a partir de un fuerte componente ético: "Convicción racional e inspirada por el impulso ético para realizar la justicia social" (1890).
En 1919 se crea la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y se redacta su constitución que comienza asi: "Considerando que la paz universal y permanente solo puede basarse en la Justicia Social".

Discrimar es hacer una distinción. Esta palabra se utiliza de muchas formas, por ejemplo, la discriminación estadística. Este articulo desarrolla el significado mas común de la palabra: Discriminación social, rasial, religiosa o sexual la cual definiremos tomando una parte del articulo primero de la convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación rasial y parafracenandola de manera inductiva como:
La Distincion, exclusión, restrcción o preferencia basada en motivos varios (sexo, raza, religion, condicion social...) cuyo proposito o resultado sea anular o disminuir el reconocimiento, preferencia o ejercicio, en iguales condiciones de los derechos humanos.

Formas de Discriminación
Una de las principales fuentes de desigualdad es la discriminación. Existen ciertos grupos minoritarios que no estan "efectivamente incorporados" en la sociedad. Estos grupos estan discriminados y se encunetran en una posición de "subordinación perpetua", lo cual se ve reflejado en la economia "clases menos favorecidas", en la politica (estos grupos no tienen representacion politica) y en la vida social. este tipo de discriminacion es la evidente pues es la que se ve en el día a día, por ejemplo, la violencia fisica rasial entre pandillas que se dan en Estados Unidos o Europa. La discriminación siempre ha sido una de las principales fuentes de discriminación.

Discriminación Por Género
Se trata de un fenómeno social, puesto que son necesarias representaciones de ambos sexos para que pueda darse esta situación: no existe una igualdad de género a partir de la cual denunciar la discriminación o desigualdad; al contrario, la base de este fenómeno es la supremacia de uno de los géneros.

Artículo 3ero
Hace énfasis en que la educación debe de ser impartida por el estado y este tiene como obligación procurar el desarrollo nacionalista del país; se agrego tambien la libertad de cultos.

Artículo 7
Se establecen las bases para iniciar la reforma agraria, señalando que corresponde a la nación el dominio territorial y sera ella quien otorgue la propiedad privada a los particulares. En su redacción original el artículo propone la división de los latifundios, el desarrollo de la pequeña propiedad, la creación de otros centros de población, el fomento de la agricultura y la prevención de la destrucción de los recursos naturales.

Artículo 123
Las jornadas de trabajo se establecieron a 8 horas con un día de descanso obligatorio a la semana asi como el salario mínimo correspondiente a cada región del país, la protección laboral a mujeres y a menores, la protección a la maternidad, la participación de los obreros en las utilidades de las empresas, el derecho de asociación y el derecho de huelga, entre otros.


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